Organigrama

Catorce naciones (Alemania, Austria, Bélgica, Chile, Emiratos Árabes Unidos, España, Federación Rusa, Finlandia, Francia, Hungría, Italia, República Checa, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Eslovaquia) son miembro de la Comisión Internacional Permanente para la prueba de armas de fuego portátiles (C.I.P.). Los países signatarios de la convención se comprometen al reconocimiento mutuo de los cuños de pruebas y a implementar las decisiones de la C.I.P. bajo un marco legal (orden, decreto, ley, …) El gobierno belga es depositario de la convención.

En cada país miembro existe al menos un Banco de Pruebas BP (= una de las condiciones de adhesión). El Banco de Pruebas prueba las armas y homologa los lotes de munición comercializados o destinados a exportación. Una homologación se refleja en un certificado de homologación (provisorio mientras no sea aprobado en Reunión Plenaria). En algunos países existen varios Bancos de Pruebas.

Las Delegaciones nacionales están compuestas de miembros del(de los) Banco(s) de Pruebas y de representantes industriales. El Jefe de Delegación es, ya sea un funcionario gubernamental (países “grandes”) sea el Director del Banco de Pruebas (países “pequeños”).

Al final de la Reunión Plenaria, los Grupos de Trabajo (GT) se constituyen a partir de un problema técnico o de un problema reglamentario o legislativo. La dirección efectiva de un GT (convocatoria a reuniones, agenda, informe) es tarea de un Secretario que informa de los trabajos en reuniones de Subcomisiones. La Reunión Plenaria aprueba también los nuevos calibres o los calibres revisados por la vía de las Tablas de Dimensiones de cartuchos y Recámaras (TDCC).

Las Reuniones Plenarias son organizadas cada DOS años, en principio por el país a cargo de la presidencia (rotativa). En esa oportunidad, las proposiciones de decisión (o informaciones o definiciones) son sometidas a voto de las (de los Jefes) Delegaciones. El voto es por mayoría (se tiende a la unanimidad consensual por reuniones preliminares de Jefes de Delegación), las naciones disponen de un derecho a veto que debe ser manifestado dentro de los SEIS meses a partir de la notificación oficial de las decisiones por el SPF del Reino de Bélgica a los otros estados miembros. Expirado este plazo, las decisiones adoptadas son publicadas en el “libro gris” y grabadas en el CD ROM.

El Presidente C.I.P. dispone de la Oficina Permanente OP, de la reunión de Jefes de Delegación y de aquella de Directores de Bancos de Pruebas para regular los problemas sobre la secretaría, organizacionales y operacionales.